STSJ Galicia (Sala de lo Social) nº 4497/2020 de 6 de noviembre (Ponente: Pilar Yebra-Pimentel Vilar)

Se establece que para solicitar conciliación laboral en la empresa los trabajadores no están obligados a probar la disponibilidad del otro progenitor para cubrir asuntos relacionados con las obligaciones familiares. Al solicitar reducción horaria o fijar horarios, tratándose de derechos personalísimos, solo debe acreditar el trabajador sus propios horarios sin tener que tener en cuenta los horarios del otro progenitor.