Jurisprudencia

STS (Sala 4ª) nº 79/2020, de 29 de enero (Ponente: Mª Lourdes Arastey Sahún)

Se consagra la transversalidad del principio de igualdad entre mujeres y hombres y la interpretación con perspectiva de género y se aplica por primera vez la interdicción de la discriminación por asociación. Partiendo de la abrumadora feminización de las pensiones de vejez del SOVI, no puede efectuarse una aplicación literal de la norma cuando la misma puede tener un evidente impacto negativo sobre las mujeres.

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies