Sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz nº 1096/2022, de 1 de diciembre (Ponente: Miguel Ángel Navarro Robles)

La sentencia referida estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la exesposa contra la sentencia dictada por el juzgado de primera instancia, que había estimado íntegramente la demanda interpuesta por el exmarido y que declaró extinguida la pensión compensatoria por convivencia extramatrimonial de la demandada con otro hombre. En la sentencia de apelación se toman en consideración diversas circunstancias como la duración temporal de la convivencia, las circunstancias concurrentes, el contexto precedente en que se encuadra y que fundaba el desequilibrio en su momento considerado, a los efectos de la pensión compensatoria discutida, con una trayectoria matrimonial previa de 34 años de matrimonio, edad avanzada de la demandada (63 años al momento de la vista) y defecto de toda iniciativa de ésta para su acceso al mercado laboral y, en consecuencia, se estima parcialmente el recurso y se revoca parcialmente la sentencia recurrida, acordando, en lugar de la extinción total de la pensión, su reducción.

Auto del Juzgado de 1ª instancia nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria nº 457/2023, de 18 de septiembre (Ponente: Juan Avello Formoso)

El magistrado que dicta el auto acuerda denegar la solicitud de rectificación de la mención registral del sexo en su inscripción de nacimiento de varón a mujer, sin cambio de nombre, por no acomodarse al objetivo de la ley 4/2023 de 28 de febrero, entendiendo que existe fraude de ley ya que el solicitante del cambio registral de sexo lo quería usar para ascender.

Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Social) nº 1148/2023, de 12 de diciembre (Ponente: Ángel Antonio Blasco Pellicer)

En el recurso se plantean dos cuestiones que están íntimamente relacionadas: se trata de determinar si, cuando se produce un despido disciplinario de una mujer embarazada en el que no se acredita la causa del despido, la declaración de nulidad que se anuda ineludiblemente a la vulneración del derecho fundamental a la igualdad y no discriminación debe ir acompañada de una indemnización reparadora del daño moral, concluyendo el TS que solo cabría la indemnización en aquellos casos en que se acredita una específica vulneración del derecho a la igualdad y no discriminación, o de cualquier otro derecho fundamental o libertad pública.