Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 3ª) nº 7/2024, de 8 de enero (Ponente: Rafael Toledano Cantero)

La sentencia examina un recurso relativo a la deducción por maternidad del art. 81.2 LIRPF y se dicta en un recurso de casación interpuesto por una madre trabajadora, cuya solicitud de incremento en la deducción por maternidad quedó denegada por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. La madre solicitaba la deducción adicional de hasta mil euros en el IRPF, por los gastos de guardería de sus hijos menores de tres años.

La AEAT ha venido aplicando una interpretación restrictiva desde la introducción de la deducción en 2018. Según su criterio, solo son deducibles los gastos de custodia abonados a guarderías que cuenten con autorización como centro educativo otorgada por la Administración educativa. Esta interpretación, que limita la deducción a los centros con autorización educativa, se considera como una imposición no establecida en la ley del IRPF por el Tribunal Supremo.

En esta sentencia el Tribunal Supremo declara que los gastos de custodia serán deducibles, dentro de los límites legales, tanto si se abonan a guarderías como a centros de educación infantil. La sentencia destaca que la ley no condiciona los requisitos del centro donde contraten servicios de custodia, contradiciendo la posición restrictiva de la AEAT.

El único requisito que deben cumplir las guarderías es estar debidamente autorizadas para la apertura y funcionamiento de la actividad de custodia de menores, sin que sea necesario que dispongan de autorización como centro educativo infantil.


Con esta sentencia, el Tribunal Supremo unifica el criterio de los juzgados y tribunales en relación con la deducción por maternidad y corrige la interpretación restrictiva aplicada por la Administración.

Esta sentencia se suma a otra emitida en la misma fecha, donde se rechaza un recurso de casación interpuesto por la Administración tributaria (recurso de casación 4995/2023), consolidando así un nuevo marco legal para la deducción por maternidad en el IRPF.

Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª) nº 4/2024, de 8 de enero (Ponente: José Luis Seoane Spiegelberg)

El Tribunal Supremo reitera la doctrina sentada en sentencias anteriores y, estimando en parte el recurso de casación interpuesto por la madre, declara que, aunque el padre se encuentre en rebeldía, debe fijarse en sentencia la obligación de prestar alimentos a su hija menor de edad. La cuantía se fijará en un porcentaje de sus ingresos, al desconocerse el importe de los mismos.

Call for papers- SIMPOSIO SOBRE LA FEMINIZACIÓN DEL ENVEJECIMIENTO. AUTONOMÍA VS VULNERABILIDAD

La Cátedra de Estudios de las Mujeres Leonor de Guzmán organiza el Simposio sobre la feminización del envejecimiento. Autonomía vs. vulnerabilidad, que tendrá lugar en Córdoba el 10 de abril de 2024, en el marco de un convenio de colaboración con la Delegación de Igualdad de la Diputación de Córdoba.

El Simposio abordará de forma monográfica los retos de la feminización del envejecimiento, acercándonos a temas como la autonomía, la capacidad, los derechos humanos, la dependencia, cuestiones laborales (discriminación, pensiones, discapacidad), salud y proyectos de vida independiente. Todo ello con el propósito de reflejar una imagen positiva y optimista del envejecimiento de las mujeres, lejos de estereotipos y prejuicios propios de sociedades edadistas y capacitistas.

Nos encantaría contar con vuestra participación y os animamos a hacerlo con la presentación de comunicaciones en cualquiera de los siguientes paneles temáticos:

  1. Problemas actuales de los derechos humanos de las mujeres mayores.
  2. Autonomía y empoderamiento: vida independiente, participación en la toma de decisiones y liderazgo en la vejez.
  3. Desafíos, barreras y beneficios de la tecnología en la mejora de la calidad de vida y la autonomía.
  4. Psicología del envejecimiento.
  5. Cambios en la salud de la mujer durante el envejecimiento.

Información y fechas importantes:

 – Inscripción: gratuita

– La propuesta de comunicaciones se enviará para su evaluación a: mujer@uco.es

– Los resúmenes deberán ser enviados del 1 de marzo de 2024.

Más información sobre el envío de comunicaciones: http://www.uco.es/catedrasyaulas/catedramujeres/simposio-feminizacion-envejecimiento.php