Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Penal) nº 728/2023, de 4 de octubre (Ponente: Ana María Ferrer García)

En un supuesto de asesinato a su ex esposa, el acusado recurre en casación y cuestiona, entre otros extremos, que pueda apreciarse la agravante de ensañamiento en su actuación. El TS declara que para apreciar el ensañamiento en el asesinato, es necesario que el autor denote el deseo de causar sufrimientos adicionales a la víctima innecesarios para causar la muerte, que pueden ser sufrimientos físicos e incluso mentales ya que no puede descartarse el ensañamiento moral, que somete a quien lo padece, incluso sin dolores, a una angustia psíquica tan insoportable como el daño físico. Afirma, así, que “La pluralidad de puñaladas, hasta 12, la mayoría innecesarias para ocasionar la muerte, y algunas de ellas especialmente dolorosas como pone de relieve el escrito de impugnación de la acusación particular, y enfatizó la sentencia del Magistrado Presidente, al señalar que el cadáver presentaba cortes en la pierna propios a un mecanismo de producción conocido como de cizalla. El abofeteamiento de la víctima, las expresiones que animaban la acción diciéndole “eres mala” a los que también alude el relato fáctico, o el inevitable sufrimiento psíquico que revela la petición que Coral dirigió a quien había sido su marido para que no la matara a presencia de los hijos comunes, aportan elementos sobrados para sustentar la base fáctica de la agravación apreciada”. Se desestima el recurso de casación.