El Tribunal Supremo fija que la pensión de viudedad de clases pasivas con dos personas beneficiarias debe pasar a cobrarse íntegra por una sola tras el fallecimiento de la otra

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Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª) nº 1251/2025, de 16 de septiembre (Ponente: José Luis Seoane Spiegelberg)

En el supuesto, se debate la aplicabilidad o no del art. 94 CC, concluyendo el TS que “En este caso, el episodio de violencia de género acaeció cuando el menor no había nacido, y existen dudas razonables sobre la pendencia de un procedimiento de tal clase cuando han transcurrido más de siete años sin su enjuiciamiento. No existe constatación de que exista actualmente latente o enquistada una situación de violencia de género con su natural repercusión negativa sobre la persona del menor.
Por todo ello, en función del conjunto de las razones expuestas procede ratificar la fijación del régimen de visitas, si bien con las prevenciones que se dirán, sometidas a efectivo control judicial, con la posibilidad, en su caso, de dejar sin efecto la comunicación entre padre e hijo en el caso de incumplimiento de la presente resolución judicial, así como en atención a la evolución del comportamiento del padre y sus relaciones con su hijo menor.

A pesar de lo expuesto, el Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso de casación interpuesto por la demandante puesto que la Audiencia provincial había acordado un régimen progresivo de visitas del padre que dejaba en manos de los técnicos del Punto de Encuentro la ampliación del régimen de visitas, que opera, en palabras del TS, “sin un efectivo y real control judicial”. En consecuencia, dispone que tendrá que ser “una resolución judicial, adoptada tras audiencia delas partes, la que en su caso establezca la ampliación del régimen de comunicación entre padre e hijo”.